Denominaciones de Origen

Las denominaciones de origen en Costa Rica están regulados por la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos No. 7978 del 22 de diciembre del 1999. El registro de una denominación de origen tiene una duración indefinida.

Servicios:

  • Registro de Denominaciones de Origen en Costa Rica.
  • Registro de Denominaciones de Origen en el resto del mundo a través de nuestros corresponsales especializados.
  • Procedimientos de nulidad del registro de las denominaciones de origen.
  • Procedimientos de defensa de derechos ante el Registro de la Propiedad Industrial, Tribunales Civiles y Penales.

Para bajar el PODER REGISTRAL por favor, haga click en el botón, luego llene los espacios en blanco con la información requerida, acuda a su Notario y luego al Consulado de Costa Rica mas cercano y envíelo por courier a la siguiente dirección:

COSTA RICA TRADEMARKS
Sabana Sur Oeste, de la Compania Nacional de Fuerza y Luz,
3 cuadras al oeste, 150 metros al sur, a mano izquierda.
SAN JOSE, COSTA RICA
AMERICA CENTRAL
Teléfono: (506) 2232-4000
Fax: (506) 2232-2589



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