Registros Farmacéuticos

Toda persona física o jurídica que fabrique, importe o comercialice medicamentos en Costa Rica requiere su registro ante el Ministerio de Salud. Esta materia esta regulada entre otros por la Ley General de Salud, No. 5395, de 30 de octubre de 1973 y por el Reglamento de Control Estatal de Medicamentos.


Servicios:

  • Inscripción de medicamentos ante el Ministerio de Salud.
  • Seguimiento de registros y control de vigencia de la documentación.

Para bajar el PODER REGISTRAL por favor, haga click en el botón, luego llene los espacios en blanco con la información requerida, acuda a su Notario y luego al Consulado de Costa Rica mas cercano y envíelo por courier a la siguiente dirección:

COSTA RICA TRADEMARKS
Sabana Sur Oeste, de la Compania Nacional de Fuerza y Luz,
3 cuadras al oeste, 150 metros al sur, a mano izquierda.
SAN JOSE, COSTA RICA
AMERICA CENTRAL
Teléfono: (506) 2232-4000
Fax: (506) 2232-2589



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